Murcia, 10 jul (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha desestimado el recurso de una mujer que pidió que la guarda y custodia de un hijo menor del matrimonio le fuese retirada a su ex esposo y atribuida a ella porque aseguraba que el niño estaba desatendido.
El tribunal no ha accedido a esta solicitud porque ese estado de abandono presentado por la ex mujer no ha sido probado en las actuaciones, y que, por el contrario, el chico, que tiene 14 años de edad, "ha puesto de manifiesto una clara voluntad e interés del mismo en convivir con su padre y, además, en el entorno de la ciudad de Murcia, donde siempre ha residido".
La Sala pone también de relieve que "desde enero de 2008, en que la madre se marchó libremente y por decisión propia a Valencia, el menor ha permanecido bajo la guarda y custodia del padre, sin que se haya aportado dato alguno de relevancia con respecto a esa pretendida actitud pasiva o de desatención que se alega".
La Audiencia confirma la decisión adoptada por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Murcia, que atribuyó al padre la guarda y custodia del menor, "pues, sin duda, su adopción, conforme con los deseos de éste, habrá de redundar en su beneficio e interés, máxime, además, cuando, dada su edad, queda a la decisión del mismo junto con su madre los posibles acuerdos o el régimen de visitas con el entorno materno". EFE 1010611