En una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, la Sección 27
de la Audiencia madrileña exonera a Juan D. M. al argumentar
que la prueba parcticada en el juicio no es suficiente para enervar la
presunción de inocencia del procesado.
Los magistrados exponen que en la vista oral tanto el procesado
como la víctima ofrecieron versiones exculpatorias de lo ocurrido de forma
"unísona y coincidente". Por ello, concluye que la versión incriminatoria
inicial de la ex mujer carece de datos objetivos para sustentar una condena.
En el escrito de acusación, el fiscal relataba que sobre el acusado
pesa una condena en virtud de sentencia firme de 23 de marzo de 2007 por el
Juzgado de lo Penal número 11 de
Madrid por un delito de maltrato familiar a la pena de 7 meses de prisión
y 2 años de prohibición para la tenencia de armas.
Así, sobre las 12. 50 horas del 9 de mayo de 2009 en el domicilio
familiar del acusado y su pareja se inició una discusión verbal en cuyo
transcurso, el hombre le tiró una olla con agua hirviendo que causó a la mujer
quemaduras de 1 y 2 grado en la zona anterior del tórax, quemadura en el dorso
del antepié.