01/04/09 El Consejo General de la Abogacía Española y la Fiscalía General del Estado firmaron este miércoles un Protocolo para actualizar los medios de solución consensuada del proceso penal, orientado especialmente a aumentar la rapidez y a simplificar los trámites precisos para alcanzar una sentencia.
El Protocolo prevé un sistema de conformidades simple y ágil: por un lado, las distintas Fiscalías y Colegios de Abogados –o agrupaciones de los mismos-, contarán con fiscales y letrados cuya misión fundamental será el seguimiento, aplicación y correcto desarrollo de este Protocolo, solventando las incidencias que puedan producirse. La Fiscalía mantendrá un servicio de incidencias diario para atender las conversaciones o pactos sobre conformidad, con independencia de quién sea el fiscal asignado al asunto.
El fiscal de incidencias actuará para la conformidad como si fuera el designado conforme a las normas de reparto a los efectos de poder atender los acuerdos y, en su caso, presentar un escrito conjunto al órgano competente según la fase procesal. También facilitará la cita entre los fiscales y los letrados.
Por su parte, los Colegios de Abogados designarán uno o varios letrados coordinadores para facilitar la labor de la Fiscalía en cuanto a la localización de letrados defensores con los que la Fiscalía quiera contactar para una posible conformidad, así como facilitar a los abogados defensores la localización de los Fiscales con los que contactar.
Cuando se alcance una conformidad, será la Fiscalía la que se encargue de ponerlo en conocimiento del juzgado o tribunal, de manera que se agilice lo máximo posible la vista oral de conformidad. De esta forma se podrán unificar en un mismo día distintas vistas de conformidades.
La aplicación de este Protocolo mejorará sensiblemente la Administración de Justicia, siendo beneficiosa para toda la sociedad en general. Por un lado, y en relación a la Administración de Justicia, este Protocolo incidirá en la descongestión de los Juzgados, colaborando a reducir el colapso que muchos de los juzgados y tribunales vienen padeciendo, al agilizar la finalización de procesos penales por vía del acuerdo entre las partes. Además, evitará problemas en las agendas de los órganos de enjuiciamiento a la hora de hacer los señalamientos, permitiendo una mejor programación al conocer de antemano alguna de las conformidades y poder señalar días específicos para las mismas.
Por otro lado, también producirá efectos beneficiosos a todos los ciudadanos que se ven obligados a colaborar con la administración de Justicia –testigos, funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, peritos…- ya que al preverse, con antelación suficiente, la conformidad de las partes en el proceso, se evitan citaciones, esperas y molestias innecesarias.
Las víctimas también se verán beneficiadas, ya que de forma más ágil y segura podrán ser reparadas del daño causado y los acusados verán finalizado el proceso de forma consensuada sin tener que presenciar a la puerta del Juzgado el intento de conformidad entre abogado y fiscal.
El ámbito de aplicación de este Protocolo se limita a los delitos cuyo enjuiciamiento sea competencia de los Juzgados de lo Penal, los Juzgados Centrales de lo Penal, de la Audiencia Provincial y de la Audiencia Nacional. Se prevén excepciones puntuales que están recogidas en el convenio.
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