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Absolución del fiscal de Denia.
27 de noviembre de 2009
Vicente López fue condenado (1) en un juicio de género (2). Bastó la simple palabra de la denunciante como prueba suficiente para condenar al acusado. Recordemos que la Ley de violencia de género (3) y la Ley de igualdad (4) han invertido la carga de la prueba y es el acusado (si es hombre) quien ha de demostrar su inocencia.
LEY ORGÁNICA 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Artículo 13. Prueba.
1. De acuerdo con las Leyes procesales, en aquellos procedimientos en los que las alegaciones de la parte actora se fundamenten en actuaciones discriminatorias, por razón de sexo, corresponderá a la persona demandada probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y su proporcionalidad.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el órgano judicial, a instancia de parte, podrá recabar, si lo estimase útil y pertinente, informe o dictamen de los organismos públicos competentes.
2. Lo establecido en el apartado anterior no será de aplicación a los procesos penales.
Siglos de lucha para conseguir unos derechos mínimos como es el principio de presunción de inocencia, han sido arrojados a la basura por el régimen totalitario feminazi que padecemos en España.
Como suele suceder en estos juicios de género, a Vicente López no se le permitió defenderse a pesar de tener pruebas suficientes que demostraban su inocencia. Por ejemplo, los faxes amenazantes e injuriantes enviados por su exesposa desde su centro de trabajo (un juzgado) al centro de trabajo de Vicente López (también un juzgado).
Dado que Vicente López es fiscal, la maquinaria feminazi de agitación, propaganda y represión se puso en movimiento para utilizar el caso como aviso a navegantes (5).
Finalmente la Audiencia Provincial ha puesto las cosas en su sitio. Ha bastado con tomar en consideración las pruebas aportadas. La sentencia deja claro las mentiras de la denunciante y sus intenciones reales así como la deplorable actuación de la jueza de primera instancia y del fiscal (éste siguiendo órdenes directas de Soledad Cazorla).
Puede descargarse la sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial en este enlace (6).
Mucho nos tememos que la noticia de la absolución de Vicente López no tendrá el mismo seguimiento mediático, si es que tiene alguno, que tuvo la noticia de su condena. Ya se sabe que para el aparato de agitación, propaganda y represión feminazi (7) no existen las denuncias falsas (8) ni el Síndrome de Alienación Parental (9).
Dpto. de prensa
PROJUSTICIA
1.- Condenado un fiscal de Denia por agredir a su exmujer.
http://www.projusticia.es/noticias/documentos/condenado-un-fiscal-de-Denia-por-agredir-a-su-exmujer.html
2.- Juicios rápidos de género.
http://www.projusticia.es/juicios-rapidos-de-genero/juicios-rapidos-de-genero.html
3.- Ley integral contra la violencia de género.
http://projusticia.es/ley%20integral%20de%20violencia%20de%20genero/ley%20integral%20contra%20la%20violencia%20de%20genero.htm
4.- Ley de igualdad.
http://projusticia.es/ley%20de%20igualdad/ley%20de%20igualdad%20o%20de%20desigualdad.html
5.- Persecución del disidente/opositor.
http://www.projusticia.es/persecucion%20del%20disidente%20opositor/persecucion%20del%20disidente%20opositor.htm
6.- Sentencia de la A.P. absolviendo a Vicente López, fiscal de Denia.
http://www.projusticia.es/noticias/documentos/sentencia-absolucion-Vicente-Lopez.tiff
7- Mentiras de las feministas.
http://www.projusticia.es/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales.htm
8.- Denuncias falsas.
http://www.projusticia.es/denuncias%20falsas/denuncias%20falsas.htm
9.- Síndrome de Alienación Parental.
http://www.projusticia.es/sindrome%20de%20alienacion%20parental/sindrome%20de%20alienacion%20parental.htm
Notas de prensa anteriores:
http://www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa.html
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