Asunto: violencia "de género"

Mirad como han evitado poner los apellidos de las agresoras y por el contrario han puesto el apellido del agredido... Huelgan comentarios.

REGIONAL  (Periódico Hoy, Diario Regional de Extremadura, domingo, 30 de julio de 2006)
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Ocho meses de cárcel para una mujer y su madre por agredir a su ex pareja ante su hijo

El Juzgado Penal de Plasencia ha impuesto una orden de alejamiento para ambas durante 20 meses.

El Juzgado Penal número 1 de Plasencia ha condenado ocho meses de cárcel a Lourdes H.C. y Manuela C.A. por un delito de lesiones leves en el ámbito familiar. Se trata de dos vecinas de la población cacereña de Almaraz que agredieron a la expareja sentimental de la primera, Serafín Fernández, en presencia de uno de sus hijos que en esos momentos contaba con tan solo siete años de edad.
Los hechos se remontan al pasado año, cuando fruto de las continuas desavenencias entre la pareja formada por Lourdes y Serafín, deciden separarse. Una sentencia de 7 de junio de 2005 otorgó la guarda y custodia de los dos hijos menores al padre, con un régimen de visitas a favor de la madre.
 
En la sentencia por la agresión (de fecha 27 de junio) el Juez considera como hechos probados que las relaciones entre el padre y la madre eran conflictivas, y que el 16 de septiembre Lourdes y Manuela acudieron a recoger a los niños al colegio Gonzalo Encabo, de Talayuela, pese a que no les correspondía. Entonces se inició una discusión con Serafín «en el curso de la cual y en presencia de uno de los hijos menores de edad, tanto Lourdes como Manuela agredieron intencionadamente con patadas y codazos a Serafín, llegando a tirarle al suelo y causándole unas lesiones que precisaron la primera asistencia facultativa, consistentes en contusión con inflamación en encía superior a nivel de incisivos y premolares, con arrancamiento del puente protésico dental superior; contusión en cuello y escroto, las cuáles necesitaron para su curación tres días impeditivos y siendo necesaria la reposición de la prótesis rota». Tras la agresión, Fernández fue atendido en el hospital Campo Arañuelo de Navalmoral.
 
A la hora de determinar la pena, el Juzgado tuvo en cuenta las «relaciones conflictivas» de los implicados y que no se trataba de un incidente aislado, con otras denuncias interpuestas y litigios, por lo que considera que las circunstancias personales no son susceptibles de aplicar atenuación alguna.
 
A los ocho meses de cárcel para cada imputada -que no cumplirán al carecer de antecedentes penales- se unen la inhabilitación especial para ejercer el derecho de sufragio pasivo por otros ocho meses, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante dos años y prohibición de aproximarse a Serafín, a su domicilio y lugar de trabajo a menos de 200 metros durante 20 meses.
 
En el juicio se imponen también varias indemnizaciones solidarias (a satisfacer entre las dos condenadas): 150 euros por los tres días impeditivos, los gastos de la clínica dental -que según la factura aportada por la víctima ascendería a 4.766 euros- y las costas del proceso, incluida las de la acusación particular. No obstante contra esta sentencia cabe interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cáceres.
 
El abogado de Serafín, José Luis Malpartida, destacó la imposición de una de las penas más altas que al respecto contiene la ley, habida cuenta de la presencia de un hijo menor en el momento de la agresión. De igual forma reconoció que las relaciones entre ambos cónyuges eran «muy malas» y que anteriormente se habían celebrado varios juicios de faltas «la mayoría de los cuáles los ganó Serafín», justificando la guardia y custodia de los niños en manos del padre.
 
Para concluir destacó la rareza de este tipo de condenas hacia mujeres, toda vez que la inmensa mayoría se refieren a los varones, a los que se les imponen penas más duras por similares acciones delictivas, fruto de la reciente reforma del Código Penal.
No obstante el propio Malpartida daba cuenta de otra sentencia similar fruto de un juicio celebrado recientemente.
En este caso se trata de un matrimonio de la capital cacereña cuya esposa, Amparo C.B. Ha sido condenada a 21 meses de cárcel, 56 días de trabajo en beneficio a la comunidad, una orden de alejamiento hacia su marido de ocho años y abonar una responsabilidad civil de 2.000 euros.
El argumento de esta abultada condena se encuentra en seis delitos que el Juzgado Penal de Cáceres considera probados: uno de violencia habitual (que se habría venido sucediendo durante varios años) y cinco de maltrato en el ámbito familiar.