Como en años anteriores y con motivo del Día internacional de los Derechos del Niño y dado que estos Derechos son vulnerados constantemente por la legislación y la práctica judicial actual, convocamos a afectados y simpatizantes a la manifestación anual.
Derogación de las leyes sexistas basadas en la ideología de género
Fiscalización del dinero público dedicado a políticas de ideología de género.
Custodia Compartida por defecto, sí.
Denuncias falsas, no.
Síndrome de Alienación Parental, no.
20 de noviembre de 2016.
Tribunal de Cuentas - Puerta del Sol
12 horas - Madrid
Manifestación por la
Derogación de las leyes Sexistas basadas en la Ideología de Género
y por la
Custodia Compartida
Fecha y hora: 20 de NOVIEMBRE de 2016 a las 12 horas
Lugar: Tribunal de Cuentas a Puerta del Sol - Madrid
CONVOCAN Y APOYAN:
http://projusticia.es/madridnoviembre2016/convocantes-2016.html
Más información en: http://www.projusticia.es/madridnoviembre2016.html
Nos manifestamos contra:
a) Una ley inicua (Ley Orgánica 1/2004)
Las cosas pueden ser mucho peores si la Ley de Divorcio se utiliza conjuntamente con la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004). En ese caso, cualquier mujer sin escrúpulos puede poner al marido directamente en la calle (previo paso por el calabozo) o en prisión con cualquier denuncia de malos tratos, incluso psíquicos. Por desgracia, en una sociedad hipersensibilizada ante la llamada "violencia de género", los escrúpulos cada vez son menos. ¿Por qué habría de sentir escrúpulos una mujer a la hora de denunciar al marido si, desde las instancias oficiales se le insta a denunciar y se le repite una y otra vez que una de cada cuatro mujeres son maltratadas? ¿Qué tendría de raro pertenecer a esa cuarta parte de población femenina? A fin de cuentas, en su famosa macroencuesta, el Instituto de la Mujer considera maltratada a la mujer si su marido "ironiza o no valora sus creencias (ir a la iglesia, votar a algún partido, pertenecer a alguna organización)" o "no valora el trabajo que realiza", entre otros comportamientos. Con tan buenos avales oficiales, cualquier mujer puede considerarse legitimada para interponer una denuncia de maltrato que le reportará beneficios sustanciales e inmediatos. El resultado es que las denuncias falsas en procesos de separación son actualmente un mal endémico.
Al margen de las opiniones cruzadas sobre si las denuncias falsas son frecuentes o inexistentes, una simple consideración estadística pone de manifiesto su alta prevalencia. Todas las encuestas sobre violencia doméstica que tienen en cuenta los comportamientos de ambos miembros de la pareja coinciden en demostrar que la violencia psíquica y física en la pareja es perpetrada un proporciones similares por hombres y mujeres. Esta es una realidad corroborada por cientos de estudios científicos que, tarde o temprano, acabarán teniendo el reconocimiento social que les corresponde.
Por consiguiente, siendo similares los niveles de violencia en la pareja, y siendo abrumadoramente mayores los niveles de denuncias por violencia interpuestas por la mujer, necesariamente muchas de esas denuncias han de ser falsas. Incluso aunque no lo fueran, ello se debería a la mayor propensión de la mujer a denunciar, como se le aconseja insistentemente desde los órganos oficiales, pero el efecto global de esa cultura de la denuncia seguiría estando en completo desacuerdo con la realidad de una violencia que es bidireccional.
El actual régimen de divorcio, junto con las peculiaridades de la legislación sobre violencia en la pareja, que penaliza en mayor medida al varón y otorga mayor credibilidad a la mujer, y con el imperante clima social de victimización de la mujer y culpabilización del varón, consituyen el perfecto caldo de cultivo para la denuncia falsa, que, de la noche a la mañana, convierte a la mujer en beneficiaria absoluta del divorcio. Por no hablar de otras ventajas como acceso a puestos de trabajo, vivienda, percepción del paro, permisos de residencia, cursos de formación, etc. destinados a supuestas maltratadas. Es decir, las denuncias falsas están poderosamente incentivadas, y acabarán restando credibilidad a las verdaderas.
Para el hombre, el efecto judicial inmediato de una denuncia de ese tipo es el alejamiento obligatorio. Por delante le espera una larga lucha para demostrar su inocencia y, cuando lo consiga, tratar de restablecer los vínculos afectivos con sus hijos, después largos períodos de alejamiento forzoso. Todo ello, sin olvidar otro riesgo aún mayor: que una denuncia falsa puede tener los mismos efectos penales que si fuera verdadera. A pesar de todo, las falsas denuncias proliferan cada vez más, dado el bajo o nulo coste judicial que tienen para la denunciante (la mayoría de ellas no se persiguen). Cuando la palabra de la denunciante basta por sí sola para destruir la presunción de inocencia, el denunciado se encuentra literalmente confrontado a la prueba diabólica u obligación de demostrar la inexistencia del delito, el callejón sin salida de los tiempos inquisitoriales.
b) Una ley hipócrita (Ley 15/2005)
Si la función de las leyes es evitar o regular los conflictos, lo primero que cabe decir de la vigente legislación española sobre divorcio (Ley 15/2005) es que se trata de un gran ejercicio de hipocresía.
Hay dos formas de divorciarse: por las buenas o por las malas. En el primer caso, la Ley es un mero instrumento administrativo, ya que no existe conflicto entre las partes. En el segundo caso, la vigente legislación española sobre divorcio es esencialmente hipócrita, porque lleva dentro el germen de la discordia y los incentivos necesarios para alentar un intenso conflicto.
"Se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando así lo soliciten los padres en la propuesta de convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento", dice la Ley. ¿Y por qué habían de llegar a ese acuerdo dos personas que, por puro desacuerdo, están poniendo fin a su convivencia? En virtud de esa disposición legal, el derecho humano básico a las relaciones familiares pasa a depender de un absurdo: que dos personas cuyos desacuerdos son tan profundos como para llevarlas al divorcio estén de acuerdo en el aspecto más decisivo y trascendental de ese divorcio: la custodia de los hijos.
De este modo, la Ley se supedita a la actitud obstruccionista del cónyuge menos colaborador. Pero, ¿qué progenitor puede tener interés en obstruir una solución por mutuo acuerdo? Evidentemente, el que más tenga que ganar con ello. Como la práctica judicial asigna la custodia de los hijos de modo casi automático a la madre, la Ley está induciendo a ésta a no colaborar, sabiendo que su actitud será recompensada con la custodia exclusiva y las ventajas que conlleva: el control de toda la situación posterior al divorcio, el usufructo del domicilio familiar y las pensiones.
El resultado es que la Ley de Divorcio incentiva los conflictos y favorece las separaciones, instadas en más del 70% de los casos por la mujer, como principal beneficiaria. Al hombre le corresponderá:
- abandonar el domicilio familiar con "lo puesto";
- ver a sus hijos dos fines de semana y cuatro tardes al mes;
- pagar las pensiones sin posibilidad alguna de controlar su utilización posterior; y
- en caso de préstamo hipotecario, pagar las letras de la vivienda familiar que su "ex" disfrutará, tal vez, en compañía de una nueva pareja.
Sin embargo, cada vez es mayor el número de instituciones autonómicas, provinciales y locales que se pronuncian a favor de la custodia compartida como opción preferente. Y hace ya muchos años que las encuestas vienen demostrando que la custodia compartida cuenta con el apoyo, no sólo mayoritario, sino casi total de la sociedad (83% por ciento según la encuesta Gallup de 2005 y la de DYM de 2010). La custodia compartida está en el corazón de la sociedad, pero no en el corazón del Estado, donde un pequeño núcleo de profesionales de la política defiende con ahínco los intereses del lobby feminista. Hoy, como hace treinta años, son esos intereses minoritarios los que siguen prevaleciendo contra el sentir unánime de la sociedad.
c) Una situación profundamente injusta
En su forma actual, el divorcio es para muchos hombres una catástrofe que, en cuestión de horas, puede convertir a un padre ejemplar en un paria expulsado de su casa (aunque obligado a seguir pagando la hipoteca), sujeto a una orden de alejamiento de sus hijos y al pago de las pensiones alimenticia (para sus hijos) y compensatoria (para su ex) y, por añadidura, imputado en un proceso penal.
En contradicción con los prejuicios ideológicos y los intereses creados en que se basa ese régimen legal y judicial, la realidad ofrece los datos siguientes:
- La población española es mayoritariamente partidaria de la custodia compartida (83% de respuestas afirmativas, según la encuesta Gallup de 2005 y la de DY del 2010).
- Casi todos los estudios comparativos sobre el bienestar del menor en regímenes de custodia exclusiva y custodia compartida llegan a conclusiones favorables para la custodia compartida.
- La práctica judicial de asignar de modo casi automático la custodia exclusiva a la madre se basa más en estereotipos y rutinas que en datos objetivos, ya que el riesgo de maltrato físico infantil aumenta drásticamente en los hogares monoparentales femeninos y los niños se desarrollan mejor en los hogares monoparentales masculinos, según los estudios comparativos que se han realizado sobre ambos tipos de hogares.
- La custodia exclusiva fomenta la conflictividad entre los progenitores y afecta negativamente al desarrollo del niño (síndrome de alienación parental), peor adaptación al entorno, menor rendimiento escolar, menos autoestima y confianza en sí mismos, y más probabilidades de sufrir maltrato físico, de experimentar embarazos prematuros en la adolescencia, de caer en la delincuencia y las drogas, etc.).
- El vigente régimen de separación y divorcio, con su dinámica de parte ganadora/parte perdedora, es el mejor caldo de cultivo para toda clase de abusos y, en particular, para el más eficaz de ellos a nivel judicial: las falsas denuncias.
- El vigente régimen de separación y divorcio, de efectos devastadores para muchos hombres, aumenta desproporcionadamente las tasas de suicidio masculinas (el número de suicidios asociados al divorcio se ha estimado, en lo que respecta a España, en unos 250 casos al año) y las formas más extremas de violencia doméstica (en torno al 80% de los homicidios de pareja se producen en contextos de divorcio en los que el hombre lo pierde todo y se propicia la reacción violenta y desesperada de personas que sienten que no se les puede quitar ya nada más en su vida).
Por eso exigimos la derogación de las leyes sexistas basadas en la ideología de género que conculcan, limitan o eliminan derechos fundamentales, como el principio de presunción de inocencia, y libertades como la de educar a tus hijos según tus propias convicciones éticas y morales.
Por eso abogamos por un divorcio justo y equitativo en el que no haya ganadores ni perdedores, sino igualdad de derechos y deberes para ambos progenitores. Por eso nos complace presentar la CUSTODIA COMPARTIDA como medicamento capaz de poner remedio a tantos males y preservar el derecho humano básico del niño a la atención y los cuidados del padre y de la madre.
Por eso pedimos a todos que se unan a la manifestación del 20 de noviembre de 2012, cuyos detalles se han indicado en la cabecera del presente escrito.
Madrid, 20 de octubre de 2016
Asociación para el estudio del maltrato y el abuso, Asociación PROJUSTICIA, Asociación de abuelos separados de sus nietos, Asociación Ambos, Grupo Padres e Hijos, Asociación Segundas Esposas, Asociación Hijos de padres separados, Asociación de afectados por errores y negligencias judiciales, Jueces a juicio, Asociación Feministas por la igualdad, ...
No vengas solo. Tráete a tus familiares y amigos.
Ven "uniformado". Que se sepa que participas en la manifestación. Camiseta, pancarta, silbato, bocina, carraca, cacerola, etc.
Puedes hacer un donativo para cubrir gastos:
Por favor, aunque sólo sea para agradecer el esfuerzo, dejad constancia de la identidad del donante. |