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Respuesta anuncio ministra posiciones contrarias a SAP.
EN RELACIÓN AL ANUNCIO DE QUE LA SRA. MINISTRA DE IGUALDAD, HA TOMADO PARTIDO PÚBLICAMENTE Y SE HA ALINEADO A FAVOR DE LAS POSTURAS CONTRARIAS AL SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL, AVALANDO Y PRESENTANDO EN LA SEDE DE SU MINISTERIO, UN LIBRO QUE DEFIENDE ESOS PLANTEAMIENTOS:
ASEMIP, ASOCIACIÓN ESPAÑOLA MULTIDISCIPLINAR PARA LA INVESTIGACIÓN DE LAS INTERFERENCIAS PARENTALES, estima imprescindible hacer las siguientes declaraciones:
La posición de ASEMIP respecto del Síndrome de
Alienación Parental (SAP) es la que está definida en sus Estatutos.
Es decir que, de acuerdo con los conocimientos científicos disponibles,
lo consideramos como una de las formas más severas de interferencia
parental que se produce en el contexto de las disoluciones
matrimoniales y rupturas de convivencia de pareja con hijos menores.
Conviene recordar la posición de la Coordinadora de
Psicología Jurídica del Consejo General de Colegios Oficiales de
Psicólogos de España, expresada mediante nota pública de 18 de junio de
2008, que considera necesario que se profundice en el estudio y
conocimiento del Síndrome de Alienación Parental en la evaluación
psicológica, "tanto dentro del ámbito forense como de otros relacionados”.
Este mismo criterio se refleja en la tercera de las Conclusiones del I
Congreso multidisciplinar sobre Interferencias Parentales tras la
ruptura de pareja, celebrado en Santiago de Compostela, los pasados
días 11 a 13 de diciembre, con el siguiente texto: "Las interferencias
parentales, es decir, la obstaculización de la relaciones de los hijos
con alguno de sus dos progenitores sin que exista causa que lo
justifique, entre las que destaca, por su gravedad, la alienación
parental, es el principal problema derivado de las rupturas de pareja.
Se hace necesario profundizar en su investigación y conocimiento
científico, a fin de que estos cuadros puedan caracterizarse,
prevenirse y atenderse con el menor daño posible a los derechos e
intereses de los menores. En todo caso, su diagnóstico y detección se
hace imprescindible a fin de diferenciarlo de otras causas que provocan
la situación de interferencia y que pueden ser imputables al propio progenitor rechazado.
Por otra parte, en el Documento Marco de Mínimos para asegurar la
calidad de los Puntos de Encuentro Familiar, aprobado por acuerdo de la
Comisión Interautonómica de Directores y Directoras Generales de
Infancia y Familias, el día 13 de noviembre de 2008, se contempla
expresamente la existencia de interferencias parentales ocasionadas por
la oposición del progenitor con el que el menor convive a que se
relacione con el resto de su familia, así como que sea el propio menor
el que adopte esa disposición negativa bajo su influencia,
recomendándose actuaciones específicas para proteger los intereses de estos niños.
Así mismo, la Memoria de la Fiscalía General del Estado
correspondiente al año 2009 destaca, entre las actividades realizadas
por las Fiscalías de Menores de las Audiencias Provinciales, las
situaciones en las que "uno de los padres (normalmente el custodio) se
sirve, voluntaria o inconscientemente, de su mayor proximidad con el
menor para perjudicar el vínculo del menor con el otro progenitor,
causando una situación psicológica en el menor compatible con un
maltrato o con un incumplimiento de los deberes derivados de la patria
potestad", denotando que, sin ninguna duda, la gravedad y elevada
frecuencia de la presentación de estos fenómenos durante los procesos
de disoluciones matrimoniales y de pareja en España.
Es por ello que con el fin "desenmascarar el Matrix
social", que está promocionando, hasta ahora con éxito, el denominado Ministerio de Igualdad, hemos de lamentar que persista en su actitud de negar realidades y evidencias, partiendo de posicionamientos sectarios y alienadores, que desprecian el debate, como lo demuestra que no haya recibido respuesta el ofrecimiento de ASEMIP de participar en un foro y grupo de trabajo para discutir sobre el SAP, alcanzando unas conclusiones objetivas y fiables al respecto. No, sólo importa la doctrina ya preconstituida y supuestamente elaborada por denominados expertos designados ad hoc, y que, sin embargo, se limitan a interpretar el guión que se les presenta y del que se benefician. Expresamos nuestra repulsa, por tanto, hacia la
actitud de dicho Ministerio, que parece sólo
empeñado en introducir sesgos ideológicos y de falsa "confrontación
entre géneros" en el avance del conocimiento científico de los
fenómenos sociales y que, en última instancia, conduce a la ocultación
de graves problemas actuales en el ámbito de la aplicación del derecho
de familia y a la justificación de la ausencia de recursos y medidas
para que sus principales víctimas, los hijos menores afectados, puedan
recibir la atención que precisan.
En conclusión entendemos que resulta paradójico que se niegue la manipulación de los niños por sus padres o madres, cuando se miente y manipula a la propia opinión pública. Todo ello en una clara estrategia de control y sumisión de la independencia judicial a la tiranía de lo políticamente correcto, cuando son muchos los tribunales españoles y el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo los que han sido sensibles con esa problemática. Clara estrategia dictatorial, siendo más triste que sufrir una dictadura, el sufrir una dictadura disfrazada de Democracia
FRANCISCO SERRANO CASTRO.
PRESIDENTE DE ASEMIP
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