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Denuncias falsas

calabozo

En el año 2004 la jueza decana de Barcelona, Dª. María Sanahuja destapó la caja de los truenos al manifestar en público lo que era un secreto a voces. La proliferación de denuncias falsas en los procesos de separación y divorcio. Se ha manifestado pública y notoriamente contra la inconstitucional ley de género. Se ha mostrado defensora incondicional de la custodia compartida. Ha dicho por activa y por pasiva que la reforma de la ley de divorcio es inconstitucional. Para colmo, también ha denunciado el negocio de las hembristas basado en las subvenciones multimillonarias.

Pero para gran disgusto de las hembristas, Doña María Sanahuja se ha visto apoyada, y sus opiniones y tesis refrendadas, por la Junta de jueces de Barcelona, el Fiscal jefe de Cataluña, jueces decanos, el Congreso de psiquiatría forense, el congreso del SEPYPNA, decanos de colegios de abogados, etc. Incluso el Fiscal General del Estado, Cándido Conde Pumpido hizo referencia a esta situación en su discurso con motivo de la apertura del año judicial en septiembre del 2004. Dado que la denuncia falsa es un delito perseguible de oficio, ¿dónde están los expedientes por denuncia falsa, sr. Conde Pumpido?

En concreto, en el Congreso de psiquiatría forense, celebrado en el Hospital San Carlos de Madrid en otoño de 2004, tanto los ponentes como los asistentes dejaron bien claro que la inmensa mayoría de las denuncias son falsas a simple vista. Cifrando el porcentaje entre un 80 y un 90 por ciento según la experiencia personal de cada cual.

El Instituto de Medicina Legal de Murcia refleja en su Memoria que al menos el 84% de las denuncias de violación son falsas.

Policía y Guardia Civil están más que hartos de tener que detener a inocentes porque lo estipula el protocolo. Esto es, detener al denunciado por el simple hecho de que la mujer de turno ha puesto una denuncia.

Insistimos: es un secreto a voces el que la inmensa mayoría de las denuncias en procesos de separación y divorcio son falsas. Y lo que es más grave, esto se fomenta desde los organismos públicos cuyos responsables alimentan, vía subvenciones, una más que boyante industria del maltrato.

El presidente de la Asociación de abogados de familia, un año después de la entrada en vigor de la Ley de violencia de género, también denuncia el uso masivo de falsas denuncias en los procesos de separación. Otro síntoma de esta evidencia es el porcentaje de abogados que son requeridos para estos asuntos vía justicia gratuita. Pues no olvidemos que las mujeres son aconsejadas y adoctrinadas para utilizar el arma de la denuncia falsa.

El arma de las denuncias falsas en proceso de separación y divorcio no es nada nuevo ni exclusivo de nuestro país. De hecho, aquí sólo se ha copiado lo que se viene haciendo de forma casi rutinaria en otros países de nuestro entorno. Llegándo al caso extremo de la llamada "bala de plata" consistente en denunciar al exmarido por abusos sexuales a sus hijos. Arma infalible que consigue la imposición automática de medidas cautelares y la sombra de la sospecha para siempre. Aún en el caso de ser absuelto en el juicio, que tendrá lugar mucho tiempo después de haber sido denunciado, la duda sobre el denunciado siempre quedará indeleble en su entorno.

Las denuncias falsas rara vez son perseguidas de oficio por el Tribunal a pesar de estipularlo así el artículo 456 del Código Penal. Tampoco el Ministerio Fiscal realiza esta labor a pesar de estar obligado por ley. Salvo excepciones que confirman la norma, y tras mucha impunidad, tanto el Tribunal como el Fiscal miran para otro lado. Incluso cuando el perjudicado lo demanda, el juez de turno lo inadmite argumentando que si persiguiesen las denuncias falsas no harían otra cosa. El resultado es la indefensión del denunciado en falso y la impunidad de la falsa denunciante que sabe que tiene un arma infalible para hacerle la vida imposible a su exmarido.

La propia ETA, en uno de sus manuales, aconseja a sus militantes y simpatizantes el uso de las denuncias falsas pues rara vez se persiguen y SIEMPRE se consigue desacreditar al enemigo aún en el caso de que resulte absuelto de la falsa denuncia.

Resulta llamativo que la mayor parte de las asociaciones feministas radicales tengan alojadas sus páginas web en nodo50. Conviene leer, si se tiene el aguante necesario, los criterios y argumentos que rigen estas asociaciones para ver como comparten opiniones y estrategias con la banda terrorista. Por algo corre el fundado rumor de que el citado nodo50 es una creación de ETA. Por algo las asociaciones de mujeres se ponen del lado de la banda terrorista con las protagonistas de siempre a la cabeza. Por algo asumen como propios los criterios e interes de la banda terrorista. Por algo se suman a las iniciativas propiciadas por la banda terrorista. Por algo, por ejemplo, Lidia Falcón y Genoveva Fores acabaron en prisión por colaborar con ETA en el atentado de la calle Correo de Madrid.

Los casos y circunstancias de las denuncias falsas son variados pero en todos se trata de hacer daño al denunciado en falso y sacar provecho económico. Veamos estos cuatro ejemplos:

Recordemos que basta la interposición de una denuncia por maltrato para recibir todo tipo de ayudas y prebendas. No hace falta juicio ni condena.

Finalmente, el propio ministro que ha impulsado esta aberrante Ley se ve obligado a reconocer la existencia de las denuncias falsas que había venido negando en estos años pasados. Pero no tiene empacho en decir que si bien las denuncias falsas por maltrato han aumentado, ello supone un "coste soportable", y esto "no puede disuadir a los poderes públicos de seguir realizando su trabajo". Menos mal que que el ministro tiene formación jurídica. ¿Sabrá este adalid de la justicia y los derechos humanos el calvario que supone una denuncia falsa para el perjudicado? Con este ministro de ¿Justicia?, cualquier cosa es posible.

Veamos un ejemplo de lo que viene sucediendo. Juzgado de violencia sobre la mujer número 1 de Madrid. La jueza titular, Raimunda de Peñafort Lorente, alecciona a la denunciante previamente a entrar en sala. Por otra parte, no sólo no hace caso de lo que su perito dictamina, Natalene Suanzes, sino que incluso impide que el informe del perito conste en las actuaciones si la pericial es favorable al acusado. Por supuesto, la perito confirma que la mayor parte de las denuncias son falsas y sólo persiguen beneficios económicos o la simple venganza. Todo esto ha sido denunciado habiéndose archivado por el Consejo General del Poder Judicial con el sorprendente argumento de que no han encontrado indicios de delito.

Queja ante el servico de inspección del C.G.P.J. sobre la actuación de la jueza Raimunda de Peñafort Lorente.

A pesar de todo este entramado, el porcentaje de sentencias condenatorias es mínimo aún aceptando que las conformidades fuesen correctas y no provocadas por el estado al que se le somete al encausado. Según los datos del CGPJ expuestos por el juez Francisco Serrano ante las acusaciones del colectivo feminazi, las condenas sólo representan el 9,7% del total de denuncias.

Si tenemos en cuenta que muchas de las condenas lo son por motivos tan ridículos como mojar con la ducha, no es difícil aventurar que si la ley discriminase "favorablemente" al varón, el número de mujeres condenadas sería similar sino igual, tal y como acreditan los estudios seriosrealizados al respecto.

Al entrar en vigor la ley, la fiscalía retiraba su acusación si la denunciante se retractaba. Para sobrepasar este inconveniente se cambió el criterio y si había parte de lesiones la fiscalía seguía adelante con su acusación (aún a sabiendas de que fueran autolesiones). Finalmente el criterio impuesto ha sido el de proseguir la acusación en cualquier caso, mantenga o no la denunciante la acusación.

En cualquier caso las feminazis ya están perfeccionando la maquinaria para que nadie se escape a una denuncia de maltrato. Para ello pretenden eliminar la dispensa que tiene la esposa para no declarar contra el marido. Pretenden eliminar la posibilidad de retractarse. Pretenden eliminar la posibilidad que tiene la denunciante de no ratificarse en sala. Etc.

Para darle aspecto de debate democrático y jurídico, Themis organizó en el Senado un congreso sobre la ley de violencia de género con la excusa del tercer aniversario de su promulgación. A la inauguración acuden Teresa Fernández de la Vega y Bibiana Aído. Entre los ponentes ni una voz discordante con los postulados feminazis. Lorente Acosta y los demás falsarios de costumbre.

El siguiente paso ha sido llevar las conclusiones de este congreso de Themis al Congreso de los diputados. Se ha creado una subcomisión para estudiar la aplicación de la Ley 1/2004. Por supuesto no se ha admitido a nadie que no sea proclive a los desvarios feminazis. No es casualidad que al mismo tiempo se cree otra subcomisión para estudiar la modificación de la ley del aborto en la que tampoco se ha admitido a nadie que no tenga carnet feminazi. Las conclusiones están dictadas con antelación y serán llevadas al cuerpo legal tras su publicación en el BOE.

La mayor parte de las sentencias condenatorias lo son por conformidad. Conformidad dada por el acusado, tras haber pasado unas cuantas horas en el calabozo cuando no días, tras el consejo del abogado de oficio que le ha tocado y ver cómo funciona la justicia en España. Abogado que cobra lo mismo independientemente del trabajo que tenga que hacer. Esto es, cuánto menos trabajo tenga que hacer más rentabilidad sacará al caso.

Tras el acuerdo entre la Fiscalía general del Estado y el Consejo general de la abogacía para promover las conformidades, veremos el aumento espectacular del número de condenas por malos tratos gracias a que el abogado de oficio aconsejará a su cliente o simplemente actuará incluso en contra del criterio del cliente, tal y como estipula el Estatuto de la abogacía y el Código deontológico. Poco les importa a esta gente saltarse los más elementales criterios legales con la excusa de descongestionar los juzgados.

Por supuesto, nuevamente se incrementarán el número de condenas y con ello la justificación para dotar de más medios y presupuesto a la lucha contra el maltrato. Dinero que gestionarán las feminazis. Todo esto deparará nuevamente en un incremento del número de asesinatos a mujeres que volverá a justificar el aumento de los medios para su erradicación. Una espiral que no hará sino crecer.

Todo esto no es sino una parte más de las mentiras de las feministas, que por muy repetidas que sean en los medios de comunicación, y apoyadas por los políticos de turno, no dejan de ser mentiras con las que se sustenta la industria del maltrato mantenida generosamente en su casi totalidad con fondos públicos.

Ante las dudas de algunos por la cifra de 350 denuncias falsas de maltrato al día que cita el reportaje danés "False accusations in Spain", hemos de recordar que son datos oficiales según los cuales durante el año 2009 hubo una media de 400 denuncias de maltrato cada día. Esto es, 146.000 denuncias al año. ¿Quién puede creerse que haya tantos maltratadores?

Antes de nada hemos de insistir en que los datos oficiales están manipulados. Veamos algún ejemplo:

Montserrat Comas dice que no hay maltratados y menos asesinados por sus parejas. Pero en los propios informes del Observatorio que preside, se dice que al menos el 30% de los maltratados son varones.

Inmaculada Montalbán y otras de su calaña dicen que no hay denuncias falsas de maltrato cuando basta pasar por un juzgado o echar un vistazo a la prensa para constatar lo contrario.

La macroencuesta del Instituto de la mujer realizada de forma acientífica y con resultados preestablecidos, arroja una cifra de dos millones de maltratadas aunque ellas no sepan que lo son.

El Instituto nacional de estadística manipula los datos del suicidio en España. Seguramente manipularán otros datos.

El Centro Reina Sofía sesga sus fuentes y manipula los datos sobre maltrato infantil.

Etc.

A la presidenta del Observatorio de violencia de género del Consejo General del Poder Judicial se le pide compartir datos y experiencia:

"Nos dirigimos a Ud. para solicitarle una entrevista con objeto de tratar la problemática tanto de los divorcios como la de la Ley de violencia de género y las lamentables consecuencias que están trayendo ambas leyes inconstitucionales, a nuestro entender, el del CGPJ y el del Consejo de Estado."

Montserrat Comas no contestó siquiera a la carta a pesar de estar obligada por ley. Su sucesora, Inmaculada Montalbán constestó que el Observatorio de violencia de género no es el foro adecuado.

"Quiero indicarle que no corresponde a los/as Vocales del CGPJ mantener este tipo de entrevistas, cuyo contenido parece corresponder a otros foros de debate."

Por otra parte hemos de recordar varias aspectos:

La ley de violencia de género, en su artículo 37, modificó el Código Penal en su artículo 153 de manera que cualquier cosa es delito y quien decide si lo es es la propia denunciante por lo que, en realidad, no podríamos hablar de denuncias falsas pues todo es delito.

Basta la palabra de la mujer como prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia del acusado.

Debido al protocolo de actuación tras una denuncia, en la mayor parte de los casos (87,5%) el varón es detenido y pasa a disposición judicial sin poder recabar pruebas o testigos por estar en el calabozo por lo que acude a juicio en clara indefensión. Sus posibilidades de demostrar que su versión es la verdadera quedan claramente disminuidas.

Los juicios rápidos carecen de la mayor parte de las garantías y hay pruebas más que suficientes de las numerosas irregularidades que se cometen.

No podemos perder de vista los beneficios que la ley contempla para las maltratadas que no deja de ser una zanahoria demasiado grande como para que personas sin escrúpulos contengan sus ansias de caer en la tentación de hacerle la vida imposible al ex ganando además suculentos beneficios.

Los partidos políticos son los mayores beneficiarios de este expolio. Baste recordar los criterios para repartir el dinero de las subvenciones. Hay que remitirse al BOE del 8 de septiembre de 2005.

a) El 66,5%, se reparte atendiendo a diversos criterios que se consideran indicadores de la incidencia de la violencia de género en cada una de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla: Número de denuncias interpuestas por mujeres contra sus parejas o ex parejas por delitos y faltas relacionados con violencia de género.

Número de mujeres que se declaran maltratadas. Número de mujeres muertas a manos de su pareja. Relación entre el número de mujeres extranjeras empadronadas y la población femenina total. Relación entre el número de centros de atención y acogida a mujeres maltratadas (casas de acogida, casas refugio y pisos tutelados) existentes y la población femenina total.

En cualquier caso hagamos un ejercicio de análisis. Demos por buenas las cifras que facilita el propio Observatorio de violencia de género del CGPJ. Cada día, de media, son denunciados 400 hombres por malos tratos, 350 de los cuales pasan la noche en el calabozo. Esto es, el 87,5%. De todas las denuncias presentadas sólo el 9,7% terminan en condena. Esto es, sólo 40 denuncias de las 400 acaban en condena y 360 no.

Una lectura simple: de las 400 denuncias diarias, 360 son falsas.

No seamos tan simples. Analicemos las distintas posibilidades:

1.- Condenas.

1.1.- Sentencias por conformidad porque el acusado se sabe culpable y prefiere reconocerlo y rebajar la pena.

1.2.- Sentencias por conformidad porque el abogado le recomienda reconocerse culpable para rebajar la pena y no ser condenado a prisión. En el estado en que se encuentra el detenido firma cualquier cosa con tal de salir del calabozo y arreglar el asunto más tarde. Lo que no sabe es que al reconocerse culpable la condena es firme e irrecurrible. El abogado ha cobrado sin apenas trabajar.

1.3.- Condenas a locos que por tanto deberían ser inimputables y que en cualquier caso no pueden considerarse "violencia de género" pese a que se les condene por ello.

2.- No condenas.

2.1.- Denuncias que no se pueden probar porque no se pueden demostrar los hechos y se aplica el principio "ante la duda, a favor del reo".

2.2.- Denuncias disparatadas que son archivadas por no ser delito los hechos denunciados pero que tienen el evidente objetivo de perjudicar al denunciado que ni se entera de la denuncia ni ésta pasa a las estadísticas del CGPJ.

2.3.- Denuncias puestas de mutuo acuerdo entre denunciante y denunciado para obtener los beneficios que la ley establece: salario de inserción, vivienda de protección oficial, etc.

2.4.- Denuncias falsas de locas, por tanto irresponsables legalmente. Si bien el proceso denigrante se produce de todas formas.

2.5.- Denuncias falsas sin paliativos.

3.- Las que no denuncian. Las realmente maltratadas a las que el miedo les impide tomar la iniciativa pues saben que ni la orden de alejamiento ni pulseras ni policías jubilados al otro lado del teléfono pueden impedir que su maltratador termine asesinándola. En cualquier caso no entran en las estadísticas judiciales pues permanecen ocultas.

En los epígrafes 1 y 2 se pueden incluir otros apartados. Cada cual, de acuerdo a su experiencia, que aplique a cada apartado el porcentaje que le parezca restando o sumando del porcentaje inicial.

  CONDENA NO CONDENA
Porcentaje inicial 9,7 90,3
1.1    
1.2    
1.3    
2.1    
2.2    
2.3    
2.4    
2.5    
Porcentaje final    

 

¿Es exagerada la cifra de 350 denuncias falsas al día?

Dado que las feminazis niegan la existencia de una sola denuncia falsa, llegando incluso al esperpento, aportamos a continuación algunos ejemplos tomados de la prensa. Son más que numerosos y ello a pesar de las instrucciones para falsear estos datos. De la lectura de las mismas es fácil colegir que denunciar en falso es un gran negocio para mujeres sin escrúpulos y que este "trámite" es sobradamente conocido. Simulación de sangre con ketchup, no retirar una cucaracha, etc.

Juicio por denuncia falsa en juzgado feminazi. Resumen.

EN ESTE LISTADO PUEDE VER CASOS DE DENUNCIAS FALSAS EN PRENSA.

Tom y Jerry. Pruebas.

La calumnia. Escena final.

Se autolesiona golpeándose con una farola

Se autolesiona en el gimnasio

Mujer finge agesión de policía.

 

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