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Otro juez que se atreve a sacar a la luz las trampas feminazis de la industria del maltrato. En este caso los informes falsos del Instituto de la Mujer.
Y lo hace en una sentencia, no en un artículo en una revista jurídica. Como le pasó al juez de Granada que equiparó nuestra legislación feminazi a la que Hitler y Stalin aplicaron en sus peores momentos.
Confiemos en que deduzca testimonio por denuncia falsa, falsedad documental y falso testimonio.
Veremos cuánto tardan en perseguirle y cortarle la cabeza.
-o-o-o-
Un juez cuestiona las valoraciones del IAM en los casos de maltrato
Calle Hurtado. Entrada principal de la sede del Instituto de la Mujer en Jaén.
RAFAEL ABOLAFIA - 11 feb 2016
Dice que son “sesgadas” por no tener en cuenta al varón
“Este juzgador ha comprobado en los centenares de juicios ya celebrados en casos de mujeres maltratadas que en el Instituto de la Mujer no se hace una entrevista ni valoración de la pareja, sino solo de la mujer. Se trata de una entrevista sesgada en donde no se tiene en cuenta ni se puede valorar al varón”. La frase es literal y está extraída de una sentencia firmada por el magistrado Emilio García-Rueda Quesada, titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén y especializado en asuntos de violencia machista. El juez se muestra así de crítico con los protocolos que aplica el Instituto Andaluz de la Mujer de la Junta de Andalucía para evaluar los casos de malos tratos: “Difícilmente, puede obtenerse una información medianamente objetiva”, remarca su señoría en los fundamentos de derecho de la resolución.
La sentencia en cuestión, que tiene fecha del 5 de febrero, absuelve por falta de pruebas a un vecino de Madrid que se sentó en el banquillo acusado de coaccionar y maltratar a la que fue su pareja. Ella lo denunció en septiembre de 2013. Relató una relación tormentosa, con insultos, vejaciones e injurias. Un testimonio que ratificó íntegramente en la vista oral. Y él lo negó todo de forma tajante. El juez considera que los hechos no han quedado “debidamente acreditados”.
En un caso que parece reducirse a la palabra de uno contra la del otro, su señoría analiza otras circunstancias. En primer lugar, considera que hay que tomar “con cautela” la declaración de la mujer, “dada la mala relación existente entre los implicados tras su ruptura”. También señala “las contradicciones” en la que incurrió la denunciante a lo largo del procedimiento con respecto a las fechas en la que se produjo el episodio de maltrato.
Así que el magistrado pone sus ojos en la prueba documental. No existe un parte de lesiones y lo que está aportado en la causa es un informe en el que se indica que la denunciante fue tratada por el IAM: “El escueto documento en que se refiere que la mujer asiste a terapias de mujer maltratada no acredita que posea tal patología”, razona el juez en la resolución. A continuación, el magistrado pasa de lo concreto a lo general y cuestiona los protocolos utilizados por el órgano dependiente de la Junta de Andalucía y critica que no se tenga en cuenta al varón en estos casos.
Del mismo modo, asegura que hubiera sido “deseable” la realización de una pericial por los médicos forenses de las Unidades de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIG). La sentencia no es firme y la denunciante, que ejerció la acusación particular, ya ha anunciado su intención de recurrir. La Fiscalía también está estudiando la posibilidad de llevar el caso hasta la Audiencia.
El magistrado Emilio García-Rueda Quesada es titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén desde su puesta en marcha el 1 de enero de 2010. Por lo tanto, lleva más de seis años en el cargo. Este órgano tiene asumido celebrar los juicios por el grueso de casos de malos tratos que se producen en la provincia jiennense. Solo en el último ejercicio, dictó 699 resoluciones. Se trata, por consiguiente, de una voz autorizada en la materia. Además, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Lorenzo del Río, planteó la posibilidad de que el juzgado asuma en exclusiva todos los casos de violencia contra la mujer. Sondeó esta propuesta en el ámbito de una reunión con los cuatro magistrados de la jurisdicción celebrada el pasado lunes.
Los detalles
Absolución. La sentencia en cuestión termina con la absolución por falta de pruebas del hombre que se sentó en el banquillo, acusado de delitos de malos tratos, de coacciones y una falta de injurias.
Testimonio. Ante dos versiones contradictorias de lo ocurrido, el juez considera que hay que tomar “con cautela” el testimonio de la denunciante. Habla de la “mala relación existente tras la ruptura” y de las “contradicciones” en las que incurrió durante la instrucción.
Protocolo. El juez utiliza este caso concreto para señalar las lagunas que observa en los métodos utilizados por el Instituto Andaluz de la Mujer en estas situaciones. Denuncia abiertamente que este órgano “no tiene en cuenta al varón” y que, por lo tanto, “difícilmente se puede obtener una información medianamente objetiva”.
Recursos. Tanto la Fiscalía como la acusación particular, ejercida por la denunciante, se plantean la posibilidad de presentar una recurso ante la Audiencia.
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