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Ley de apoyo a las personas con discapacidad
Con la burda excusa de apoyar a personas necesitadas, vuelve a eliminarse derechos fundamentales. La presunción de inocencia se ve eliminada y con ella la relación entre padres e hijos.
La interposición de una denuncia por malos tratos, con la consiguiente apertura de un procedimiento penal, bastará para privar del régimen de visitas al progenitor que no tenga la guarda y custodia en un proceso de separación o divorcio. Así lo señala la nueva redacción del artículo 94 del Código Civil que se ha introducido en la ley de reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad, aprobada en el Congreso el pasado 2 de junio.
La ideología de género, base del feminazismo, sigue implementándose en nuestra legislación.
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